Desde el nacimiento hasta los 3 años, los servicios de intervención temprana, regidos por la Parte C de la Ley de Educación de Personas con Discapacidades (IDEA), se prestan en el entorno natural del niño, y los objetivos de desarrollo se guían por un Plan de Servicio Familiar Individualizado (IFSP).
Una vez que su hijo cumple 3 años, los servicios de educación especial, regidos por la Parte B de IDEA, se prestan a través del sistema escolar público. Los objetivos, adaptaciones y modificaciones de su hijo están regulados por un documento legal conocido como Plan Educativo Individualizado (PEI).
Una vez realizadas todas las evaluaciones, nos pondremos en contacto con usted para reunirnos con el equipo del IEP si su hijo cumple los requisitos para recibir los servicios. Se redactará un PEI antes de que su hijo cumpla tres años. Los servicios comenzarán cuando su hijo cumpla tres años.
Para más información sobre la Parte C y la Parte B de IDEA, visite el sitio web del Departamento de Educación de EE.UU.